Alcaldía de Armenia tendrá que darle trabajo a vendedor ambulante con VIH: así lo ordenó la Corte Constitucional

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Un vendedor ambulante de frutas camina bajo la lluvia en la ciudad de Monterrey (México). EFE/ Miguel Sierra.
(Miguel Sierra/)

La reciente decisión de la Alcaldía de Armenia de implementar corredores de ventas autorizados para reducir las afectaciones causadas por la informalidad, especialmente en el centro de la ciudad, ya le trajo problemas a la administración local.

La medida tomada por la alcaldía busca resolver los problemas de movilidad derivados de la invasión del espacio público por vendedores ambulantes.

De hecho, después de que las autoridades hicieran pública la medida y aplicaran estrategias para cumplir con la acción popular que pretende recuperar el espacio público, a la Corte Constitucional llegó una tutela por parte de un vendedor ambulante que actualmente tiene el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) al considerar que sus derechos al trabajo, al mínimo vital y a la igualdad fueron vulnerados por una serie de intervenciones en el espacio público del centro de la ciudad de Armenia, en el departamento de Quindío.

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Como respuesta a la querella, la Corte estableció que, aunque el Estado tiene la obligación de proteger el espacio público para el uso común, esta obligación no es absoluta y debe equilibrarse con el principio de confianza legítima y los derechos de las personas que dependen económicamente de las ventas informales.

La Corte reiteró que, en contextos como el colombiano, las ventas informales son cruciales para la subsistencia de muchas personas y sus familias.

Asimismo, el alto tribunal definió que la administración municipal, dentro de su autonomía, puede diseñar políticas y programas para apoyar a la población de vendedores informales. Sin embargo, la Corte enfatizó que es esencial que cualquier acción que afecte a estos trabajadores incluya alternativas económicas adecuadas y respete las características particulares de cada caso.

También destacó la necesidad de reubicar a estas personas en lugares que les permitan continuar sus actividades en condiciones similares y garantizar la cobertura de sus necesidades básicas.

En cuanto a los procedimientos de desalojo, la Corte determinó que estos solo pueden ser permisibles si se cumplen dos condiciones: la garantía del debido proceso, incluyendo una autorización previa en un marco judicial o policivo, y la existencia de medidas que aseguren que las personas afectadas no queden desamparadas.

El tribunal también concluyó que la Alcaldía de Armenia vulneró los derechos fundamentales del vendedor ambulante, quien mantenía expectativas legítimas de trabajo en el centro de la ciudad.

Coincidentemente, la Alcaldía no ofreció ninguna alternativa laboral o de reubicación para el demandante, pues las soluciones se enfocaron en los trabajadores informales identificados en el censo previo, por lo que el alto tribunal insistió en que dichos censos no deben convertirse en un obstáculo definitivo que limite irrazonablemente los derechos de otros vendedores informales no registrados.

Finalmente, la Sala ordenó a la Alcaldía verificar la situación personal, familiar, social y económica del demandante para ofrecerle una alternativa que considere su estado de salud. Además, ordenó a la alcaldía proporcionar una alternativa económica, laboral o de reubicación en diez días, considerando la salud del afectado.

Entretanto, en una reciente mesa de trabajo, los entes de control y autoridades discutieron estrategias para cumplir con la acción popular que pretende recuperar el espacio público. Andrés Buitrago, secretario de Gobierno de la capital quindiana, informó que se avanza en acciones destinadas a garantizar los derechos de los vendedores de manera ordenada y sin afectar a la comunidad.

El secretario destacó que la planeación incluye la creación de corredores específicos para los vendedores, con un acompañamiento constante de las autoridades para asegurar el cumplimiento de las regulaciones. Según Buitrago, se han identificado 654 vendedores en diversos sectores como cacharrerías, alimentos preparados y perecederos.

La corte también instó a la alcaldía de Armenia a desarrollar una política pública integral y eficaz que incluya a quienes no fueron censados en la acción popular anterior. El secretario de Gobierno afirmó que el fallo marca un precedente significativo y obliga a un estudio detallado de sus implicaciones.

 

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